Información corporativa

 

¿Qué es la Spegc?

La Spegc es una entidad mercantil participada totalmente por el Cabildo de Gran Canaria y adscrita en la actualidad a la Consejería de Desarrollo Económico, Industria, Comercio y Artesanía.

Su finalidad fundamental es promocionar el desarrollo económico de Gran Canaria mediante el fomento de la inversión para la creación de empresas, por lo que tiene como misión promocionar actividades económicas y empresariales que contribuyan al desarrollo y expansión de Gran Canaria.

Para ello centra sus actuaciones en los siguientes ámbitos:

  • Apoyar las iniciativas de creación y consolidación de empresas.
  • Promover la innovación en el tejido productivo.
  • Promover la mejora de los factores que inciden en la competitividad de la isla.
  • Atraer empresas e inversores externos.
  • Facilitar información de contenido económico y empresarial.

Perfil del contratante

Licitaciones posteriores al 9 de marzo de 2018

En cumplimiento de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, el acceso al Perfil del Contratante de la Sociedad de Promoción Económica de Gran Canaria, SAU, que se encuentra alojado en la Plataforma de Contratación del Sector Público, se realizará a partir del 9 de marzo de 2018 mediante el siguiente enlace.

Instrucciones para cumplimentar el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC)

Recomendación sobre la utilización del DEUC previsto en la nueva Directiva de contratación pública de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa

Instrucciones para la descarga del DEUC

Licitaciones anteriores al 9 de marzo de 2018

El acceso al Perfil del Contratante de la Sociedad de Promoción Económica de Gran Canaria, SAU, anterior al 9 de marzo de 2018 se realizará mediante el siguiente enlace.

Órgano de Contratación: Consejo de Administración de la Sociedad de Promoción Económica de Gran Canaria, S.A.U.

Dirección de contacto, números de teléfono y fax, dirección postal y cuenta de correo electrónico: Avda. de la Feria (1) , Las Palmas de Gran Canaria, 35012, +34 928424600, [email protected].

Período medio de pago

En cumplimiento del Real Decreto 635/2014, de 25 de julio, por el que se desarrolla la metodología de cálculo del periodo medio de pago a proveedores de las Administraciones Públicas y las condiciones y el procedimiento de retención de recursos de los regímenes de financiación, previstos en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, se muestra a continuación el dato del Periodo Medio de Pago de la Sociedad de Promoción Económica de Gran Canaria, S.A.

Documentos 

Año 2024: PMP Enero 2024, PMP Febrero 2024

Año 2023: PMP Enero 2023, PMP Febrero 2023, PMP Marzo 2023, PMP Abril 2023, PMP Mayo 2023, PMP Junio 2023, PMP Julio 2023, PMP Agosto 2023, PMP Septiembre 2023, PMP Octubre 2023, PMP Noviembre 2023, PMP Diciembre 2023.

Año 2022: PMP Enero 2022, PMP Febrero 2022, PMP Marzo 2022, PMP Abril 2022, PMP Mayo 2022, PMP Junio 2022, PMP Julio 2022, PMP Agosto 2022, PMP Septiembre 2022, PMP Octubre 2022, PMP Noviembre 2022, PMP Diciembre 2022.

Año 2021: PMP Enero 2021, PMP Febrero 2021, PMP Marzo 2021, PMP Abril 2021PMP Mayo 2021, PMP Junio 2021, PMP Julio 2021, PMP Agosto 2021, PMP Septiembre 2021, PMP Octubre 2021, PMP Noviembre 2021, PMP Diciembre.

Año 2020: PMP Enero 2020, PMP Febrero 2020, PMP Marzo 2020, PMP Abril 2020, PMP Mayo 2020, PMP Junio 2020, PMP Julio 2020, PMP Agosto 2020, PMP Septiembre 2020, PMP Octubre 2020, PMP Noviembre 2020, PMP Diciembre 2020

Año 2019: PMP Enero 2019, PMP Febrero 2019, PMP Marzo 2019, PMP Abril 2019, PMP Mayo 2019, PMP Junio 2019, PMP Julio 2019, PMP Agosto 2019, PMP Septiembre 2019, PMP Octubre 2019, PMP Noviembre 2019, PMP Diciembre 2019

Año 2018: PMP Enero 2018PMP Febrero 2018PMP Marzo 2018PMP Abril 2018PMP Mayo 2018PMP Junio 2018PMP Julio 2018PMP Agosto 2018, PMP Septiembre 2018, PMP Octubre 2018, PMP Noviembre 2018, PMP Diciembre 2018

Año 2017: PMP Enero 2017PMP Febrero 2017PMP Marzo 2017PMP Abril 2017PMP Mayo 2017PMP Junio 2017PMP Julio 2017PMP Agosto 2017PMP Septiembre 2017PMP Octubre 2017PMP NoviembrePMP Diciembre

Año 2016: PMP Enero 2016PMP Febrero 2016PMP Marzo 2016, PMP Abril 2016PMP Mayo 2016PMP Junio 2016PMP Julio 2016PMP Agosto 2016, PMP Septiembre 2016PMP Octubre 2016PMP Noviembre 2016PMP Diciembre 2016

Año 2015: PMP Diciembre 2015PMP Noviembre 2015PMP Octubre 2015PMP Septiembre 2015PMP Agosto 2015PMP Julio 2015PMP Junio 2015PMP Mayo 2015PMP Abril 2015PMP Marzo 2015PMP Febrero 2015PMP Enero 2015

Año 2014: PMP Diciembre 2014PMP Noviembre 2014PMP Octubre 2014PMP Septiembre 2014

Datos de Contacto 

Pablo Ojeda. [email protected]. Tfno. 928 424 600 – Ext. 1012

Registro contable de facturas

Con fecha 28 de diciembre de 2013 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, la creación del registro contable de facturas en el Sector Público (en adelante Ley 25/2013), concebida como una de las reformas estructurales con las que se pretende erradicar la morosidad de las Administraciones Públicas y mejorar así la competitividad de las empresas. Ver BOE-A-2013-13722 ley 25 2013.

Mediante Orden del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, 492/2014, de 27 de marzo, se regulan los requisitos funcionales y técnicos del registro contable de facturas de las entidades del ámbito de aplicación de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público. Según el art. 4.2 de la citada Orden, el registro contable de facturas de cada Administración Pública debe dar soporte a los siguientes requisitos funcionales: Ver BOE-A-2014-3373 orden.

  1. Anotación inmediata en el correspondiente registro contable de facturasde las facturas recibidas en un registro administrativo con destino a una Administración Pública.
  2. Distribucióno puesta a disposición de las facturas anotadas en el registro contable de facturas de la entidad, a los órganos competentes para su tramitación.
  3. Anotación en el registro contable de facturas de la aceptación o rechazo y devoluciónde las mismas por el órgano competente.
  4. Anotación en el registro contable de facturas de la propuesta de anulación de la facturapor el presentador de la misma y, en su caso, de su devolución por el órgano competente.

El punto 3 del art. 4 de la Orden dispone que sobre la base de la información gestionada en el registro contable de facturas y de la del sistema de información contable de la entidad:

  1. La Administración Pública proporcionará información sobre el estado de las facturas a petición previa del proveedor o del presentador de las mismas, a través del registro administrativo de procedencia.
  2. Los órganos o unidades administrativas que tengan atribuida la función de contabilidad efectuarán requerimientos periódicos de actuación respecto a las facturas pendientes de reconocimiento de la obligación y demás actuaciones previstas en el artículo 10 de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre.

Procedimiento de Tramitación de Facturas:

1. Los puntos generales de entrada de facturas de la SPEGC serán según sea el soporte:

  • Físicas: Recepcionista – Telefonista: Avda. de La Feria nº1. INFECAR. 35012 Las Palmas de Gran Canaria.
  • Electrónicas: [email protected]

2. El proveedor que haya expedido la factura por un servicio, obra o suministro a la SPEGC, deberá presentarla en el REGISTRO CONTABLE DE FACTURAS en el plazo máximo de treinta días desde la fecha de entrega efectiva de las mercancías o la prestación de servicios.

3. Para la inscripción de la factura en REGISTRO CONTABLE DE FACTURAS, ésta deberá contener los siguientes datos y requisitos:

Ver SPEGC REQUISITOS FACTURAS INSCRIPCION EN REGISTRO CONTABLE

CODIGOREQUISITOS FACTURAS INSCRIPCION EN REGISTRO CONTABLE FACTURAS SPEGC

A

Factura original.

B

Número de la factura.

C

Lugar y Fecha de expedición de la factura.

D

Nombre y apellidos, razón o denominación social completa, domicilio, Número de Identificación Fiscal atribuido por la Administración tributaria española o, en su caso, por la de otro Estado miembro de la Unión Europea, con el que ha realizado la operación, tanto del obligado a expedir factura como de la SPEGC, siendo los datos de ésta los siguientes:

Sociedad de Promoción Económica de Gran Canaria S.A. (SPEGC)

A35483221

Avda. de la Feria nº1. INFECAR

Las Palmas de Gran Canaria

E

Descripción de las operaciones, obra, suministro o servicio realizado, lugar y fecha de la ejecución, consignándose todos los datos necesarios para la determinación de la base imponible del Impuesto General Indirecto Canario, correspondiente a aquéllas y su importe, incluyendo el precio unitario sin Impuesto de dichas operaciones, así como cualquier descuento o rebaja que no esté incluido en dicho precio unitario.

F

El tipo impositivo o tipos impositivos, en su caso, aplicados a las operaciones.

G

La cuota tributaria que, en su caso, se repercuta, que deberá consignarse por separado

H

La fecha en que se hayan efectuado las operaciones que se documentan.

I

En el supuesto de que la operación que se documenta en una factura esté exenta del Impuesto General Indirecto Canario, una referencia a esta situación. Así como cuando el precio incluya este impuesto, constará IGIC incluido.

J

En el caso de los profesionales, si el importe de la retención correspondiente al I.R.P.F. no fuera del 15%, sino del 7%, será necesario adjuntar a la factura copia de la declaración censal de alta en el censo de empresarios profesionales (modelo 036 o 037) así como carta firmada por el profesional indicando el epígrafe y fecha en qué se ha dado de alta en dicha declaración censal y que tiene derecho a aplicarse una retención del 7%. El derecho a la retención del tipo reducido tiene una vigencia del año en que se ha dado de alta y los dos ejercicios siguientes.

Ver SPEGC CARTA TIPO PROFESIONAL JUSTIFICANDO RETENCION REDUCIDA

K

En el caso de los profesionales dados de alta en la opción de la estimación directa simplificada y que por tanto no apliquen la retención del 1% en sus prestaciones, deberán aportar carta en la que manifiesten que la actividad que ha desempeñado no se puede catalogar como actividad establecida en el régimen de estimación objetiva y por tanto la SPEGC no tiene obligación de aplicar las retenciones referidas en el Reglamento del I.R.P.F.

Ver SPEGC CARTA TIPO REGIMEN ESTIMACION DIRECTA SIMPLIFICADA

L

El Departamento de la SPEGC que efectuó el encargo (Disposición Adicional Trigésima Tercera del TRLCSP) y la denominación de la ficha de gasto en el que se aprobó la actuación.

-  Análisis de Proyectos (AP)

-  Promoción Económica (PE)

-  Espacios Tecnológicos (ET)

-  Administración (A)

M

IBAN, número de identificación internacional para las cuentas bancarias, dónde proceder al pago de la factura.

  • La falta de alguno de estos datos o requisitos, será motivo de inadmisión de la factura, y, como consecuencia, su devolución al proveedor y la no inscripción de la misma en el REGISTRO CONTABLE DE FACTURAS. Se contestará de forma electrónica al proveedor indicando el motivo de la inadmisión. Se remitirá al proveedor a la página web de la SPEGC al objeto de obtener información sobre los requisitos de las facturas y su tramitación.
  • Las facturas que NO se inscriban en el REGISTRO CONTABLE DE FACTURAS DE LA SPEGC “no existirán”.
  • Una vez verificados los datos y requisitos se procederá a incluir la factura en el REGISTRO CONTABLE DE FACTURAS DE LA SPEGC, datándola y asignando un número correlativo.
  • La responsable del RRCCFF enviará por correo electrónico al departamento que efectuó el encargo, el denominado departamento gestor, que llevará a cabo la verificación de la correcta ejecución del servicio, obra o suministro contratado de acuerdo con los términos y condiciones pactadas con los siguientes resultados:
    • Si el servicio, obra o suministro contratado hubiese sido ejecutado de acuerdo a los términos y condiciones pactadas, el departamento gestor dará la conformidad a la factura, remitiendo un correo electrónico a [email protected]. La fecha del correo de la conformidad será la que se utilice para en el REGISTRO CONTABLE DE FACTURAS DE LA SPEGC.
    • Si por el contrario el servicio, obra o suministro contratado NO hubiese sido ejecutado de acuerdo a los términos y condiciones pactadas, deberá comunicarlo detallando el motivo por el que se procede a la no conformidad de la factura.
  • El departamento gestor dará la conformidad o la no conformidad (anulación/devolución) de la factura en un plazo no superior a 7 días naturales desde la recepción de la misma.
  • El departamento Administrativo y Jurídico procederá al pago cada semana de las facturas inscritas en el REGISTRO CONTABLE DE FACTURAS SPEGC y que hayan sido conformadas por el departamento gestor.

Y será el encargado de llevar a cabo el control y seguimiento de la tramitación de las facturas recibidas por la SPEGC y por tanto del REGISTRO CONTABLE DE FACTURAS. En este sentido podrá solicitar a los departamentos gestores información en relación a las facturas respecto a las que haya transcurrido más de 10 días desde que las mismas tuvieron entrada en el registro contable de facturas y no conste la verificación correspondiente por parte del departamento gestor competente, elaborando un informe mensual al efecto.

El plazo de inscripción en el REGISTRO CONTABLE DE FACTURAS expedidas en el año natural concluirá, en todo caso, el 31 de diciembre de cada año.

Altas/Modificación de datos de Terceros.-

El modelo para Alta/Modificación de datos de Terceros permite la incorporación y modificación de los datos identificativos y bancarios de los interesados en el sistema contable de la SPEGC a los efectos de la realización de los pagos por transferencia bancaria por parte de la misma.

Tienen la consideración de TERCEROS, las personas físicas, jurídicas o entidades sin personalidad jurídica, a cuyo favor surjan las obligaciones o se vayan a realizar los pagos correspondientes como acreedores de la SPEGC.

Para percibir pagos de la SPEGC, los terceros (proveedores) deberán estar dados de alta en el Sistema de Contabilidad de esta Entidad, teniendo en cuenta las siguientes indicaciones:

  • En el caso que el proveedor sea persona jurídica, el Alta de terceros deberá ser firmada por la entidad bancaria correspondiente y el proveedor, utilizando el impreso de Alta / Modificación de Datos de Terceros debidamente cumplimentado
  • En el caso que el proveedor sea una persona jurídica de carácter público, el Alta de Terceros será un escrito a la SPEGC, haciendo constar los siguientes datos: denominación del organismo o entidad, NIF, domicilio, población, código postal, teléfono, correo electrónico, y el IBAN de la cuenta de la que es titular.
  • En el caso que el proveedor sea persona física, se cumplimentará y firmará por parte del proveedor el impreso de Alta / Modificación de Datos de Terceros. Al que se adjuntará certificado de titularidad bancaria. En este certificado debe constar necesariamente el nombre y apellidos del proveedor, el NIF y el IBAN de la cuenta de la que es titular. Estos datos deben coincidir con los que constan en el documento de Alta de terceros.

En caso de firma digital, deberá ser con un certificado electrónico reconocido, expedido por los prestadores de servicios de certificación comprendidos en la siguiente relación: Relación de prestadores de servicios de certificación.

Lugar de presentación:

  • Formato digital con firmas digitales  (tanto de la entidad bancaria como del proveedor): por correo electrónico a [email protected].
  • Formato papel con firmas manuscritas: en la recepción de la oficina de la SPEGC en Avda. de La Feria, núm. 1, C.P. 35012 Las Palmas de Gran Canaria.

Datos de contacto: 

Correo: [email protected]

Tfno.: 928 424 600 - Ext. 1010

Institucional

Este apartado recoge información genérica sobre la sociedad facilitando al ciudadano el conocimiento de la estructura y dimensión de la misma, así como sus funciones, principios y valores que conforman su actividad, como de cargos directivos.

Económica y presupuestaria

Empleo

Previsión de oferta de empleo

2023

NúmeroPuestoTitulaciónGrupo profesional
1Promotor/aLicenciado o ingeniero.Grupo profesional 7 del Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos de Las Palmas.

2021

NúmeroPuestoTitulaciónGrupo profesional
2Promotor/aLicenciado o ingeniero.Grupo profesional 7 del Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos de Las Palmas.

Convocatorias de procesos de selección

En curso:

Convocatorias abiertas:

2023

Convocatoria para la provisión de un puesto de trabajo denominado «Responsable Instalaciones» (REF. RESP. INSTALACIONES/23)

Históricos:

2023

Promotor/a/2023. Selección externa

Convocatoria para la provisión de dos puestos de trabajo denominados «Técnico Jurídico» (REF. TECNICO JURIDICO/23)

2021

2020

  • Técnico/a Jurídico. Selección externa. (Finalizado)

  • Arquitecto/a. Selección externa. (Finalizado)

2019

2018

2017

2016